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Confirma así la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que anulaba exenciones a la Iglesia Católica

La Justicia española obliga a los Escolapios a pagar por las obras del salón de actos

La Justicia española obliga a los Escolapios a pagar por las obras del salón de actos
Redacción / 16 de enero 2018

El juzgado número 4 de Madrid de lo contencioso-administrativo ha confirmado la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo por el que los Escolapios de Getafe tendrán que pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

Por primera vez un juzgado español ha dado la razón a la administración en el cobro de este impuesto a la Iglesia Católica. Se trata de una sentencia pionera en todo el país que obligará a la Iglesia a pagar 23.730,41€euros por las obras de ampliación de un salón de actos, al tratarse de actividades comunes y no religiosas.

La alcaldesa de Getafe, Sara Hernández, ha mostrado su “satisfacción porque la justicia viene a corroborar la idea que siempre hemos defendido en Getafe, que todos tenemos los mismos derechos y debemos afrontar las mismas responsabilidades. Se trata de un hito que esperamos se haga extensible a otras exenciones no religiosas de la Iglesia Católica”.

El pasado 27 de junio el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaba una una sentencia en la que obligaba al Estado Español a modificar su postura respecto a las exenciones fiscales reconocidas a la Iglesia Católica cuando realiza actividades económicas ajenas a las estrictamente religiosas.

Primero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y ahora el Contencioso-Administrativo de Madrid han dado la razón al Ayuntamiento de Getafe en la cuestión prejudicial C-74/16, al señalarse que conceder exenciones fiscales a las obras que realice la Iglesia Católica en inmuebles ajenos a la actividad religiosa constituye una “ayuda de Estado” prohibida por el artículo 107.1 de la Unión Europea.

En este sentido, el pasado 20 noviembre de 2017 el Ayuntamiento de Getafe organizó una Jornada Técnica dirigida a alcaldes y cargos públicos, técnicos, letrados municipales, gestores y asesores fiscales, así como personas interesadas en los tributos locales a este respecto. Se trataba de contar el caso concreto de Getafe y la sentencia europea, ahora avalada en España, para que otras administraciones puedan hacer frente también al cobro de estas exenciones.


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