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Los negocios privados del coordinador de Urbanismo, a debate en el Pleno

Los negocios privados del coordinador de  Urbanismo, a debate en el Pleno
18 de noviembre 2022

El concejal y candidato del Partido Popular de Getafe, Antonio José Mesa, llevará de nuevo al Pleno “la falta de transparencia y posibles graves irregularidades” en torno a los coordinadores generales de la alcaldesa Sara Hernández, cargos de nueva creación al servicio de su gobierno que cuestan a los getafenses 400.000 euros al año.

En concreto, los populares pedirán explicaciones sobre las posibles incompatibilidades del coordinador de Urbanismo, Serafín Sardina, tras conocer que es administrador único de dos empresas vinculadas al Urbanismo. En la información publicada aparece como administrador único de la empresa Ara Sociedad para la Arquitectura y el Urbanismo S.L.P y de AURABAU S.L. Gestión Inmobiliaria, dedicadas en exclusividad a la realización de proyectos y dirección de obras de edificación, urbanización y ordenación urbana.

En este sentido, Antonio José Mesa ha manifestado que “el oscurantismo y malas prácticas del gobierno de Sara Hernández es de primero de sanchismo” y es una muestra más de que “la alcaldesa se cree que Getafe es su cortijo”.

En opinion de Antonio José Mesa, “es grave y alarmante que Sara Hernández haya nombrado como máximo responsable del Urbanismo municipal a un señor que aparece como administrador único de empresas vinculadas al Urbanismo y que además ha participado en proyectos urbanísticos en Getafe”.

Para el candidato, “no se puede ser juez y parte. Es una aberración. Sara Hernández no respeta el más mínimo código deontológico”.

Por ello, los populares reclaman que se esclarezca esta situación y pedirána la alcaldesa que inicie un expediente de compatibilidad del coordinador de Urbanismo, “para ver si efectivamente hay causas o no de incompatibilidad y que lo diga un técnico municipal, y que esto se lleve al Pleno como ocurre con el resto de empleados públicos y altos cargos y como marca la Ley”.

La LRBRL (Ley Reguladora de Bases del Régimen Local) y la Ley 53/84 de incompatibilidades señalan las exigencias y limitaciones para ocupar cargos públicos; como que se formule declaración sobre causas de posible incompatibilidad; las incompatibilidades con cualquier cargo que impida o menoscabe el cumplimiento de los deberes o comprometa la imparcialidad o independencia; o que no se podrán ejercer actividades privadas que se relacionen directamente con las que desarrolle en el departamento u organismo en el que estuviera destinado.

Por su parte, el art. 95 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) tipifica como infracción calificada como muy grave el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades cuando ello dé lugar a una situación de incompatibilidad.




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